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Organizaciones LGBTIQ+ piden al TC corregir exclusión de orientación sexual e identidad de género

Más de 20 organizaciones de la sociedad civil y activistas LGBTIQ+ acudieron al Tribunal Constitucional para solicitar que se revise el artículo 173 del nuevo Código Penal, al considerar que la norma no menciona de manera expresa la orientación sexual ni la identidad de género entre las categorías protegidas frente a la discriminación.

La acción directa de inconstitucionalidad cuestiona que el artículo sí contemple motivos como sexo, color, edad, discapacidad, nacionalidad, religión, opinión política y condición social o personal, pero deje fuera una referencia específica a estas características. Las organizaciones sostienen que esa omisión puede generar incertidumbre al momento de reclamar protección ante actos discriminatorios.

El artículo 173 sanciona conductas como negar bienes o servicios, impedir el acceso a establecimientos, obstaculizar actividades económicas, negar acceso a la educación o tomar determinadas decisiones laborales cuando estén motivadas por razones discriminatorias. Aunque la disposición incluye categorías amplias, los accionantes entienden que una mención expresa ofrecería mayor claridad jurídica.

Entre sus principales argumentos, las organizaciones señalan que la ausencia de una protección explícita puede dificultar la actuación de fiscales y jueces, además de desincentivar las denuncias de personas que enfrentan exclusión laboral, negación de servicios, acoso o dificultades para acceder a la justicia. También vinculan su reclamo con el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Constitución dominicana.

La iniciativa cuenta con el respaldo de entidades como Colesdom, Diversidad Dominicana, Amigos Siempre Amigos, Transsa y otras organizaciones y activistas independientes. Sus representantes han insistido en que no buscan privilegios ni derechos especiales, sino eliminar ambigüedades y garantizar una protección efectiva frente a la discriminación.

Ahora corresponderá al Tribunal Constitucional determinar si la redacción actual del artículo 173 ofrece una protección suficiente o si la ausencia de una referencia expresa a la orientación sexual y la identidad de género constituye una omisión contraria al principio constitucional de igualdad. La decisión podría marcar un precedente importante sobre el alcance de la protección contra la discriminación en República Dominicana. 

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